Durante el mes de septiembre, los responsables de los organismos y entidades públicas, de las tres ramas del poder ejecutivo, legislativo y judicial, la organización electoral y los órganos autónomos y de control, deberán proporcionar datos sobre el porcentaje de mujeres que ocupan cargos tanto en el nivel decisorio, así como en los otros niveles de decisión.
Según la dirección del Departamento Administrativo de la Función Pública, «todas las entidades del nivel nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal, incluso aquellas con cargos de libre nombramiento y remoción de la rama judicial, deben presentar el reporte anual, con corte al 9 de agosto del corriente año».
La ley 581 del año 2000, conocida como ley de cuotas, fijó la participación de las mujeres en los puestos de trabajo; la norma establece que, como mínimo el 30% de las nóminas estatales, deben ser ocupadas por el género femenino.
Ramón Osorio. Noticiero Popular de la Voz de los Andes.