2019 Sep 18
Foto por LaFM
En adelante la suspensión de la licencia de conducción de quienes se dediquen al transporte ilegal de pasajeros, será de 3 años, y no de 25 como esta establecido en el código nacional de tránsito.
Así lo decidió la corte constitucional al declarar inexequible un articulo de la ley que equipara la sanción, por esa causal, a la aplicable a quien fuera sorprendido conduciendo en estado de extrema embriaguez.
La ponencia del magistrado encargado de resolver una demanda estableció que no es razonable el castigo en uno y otro caso, toda vez que quien maneja borracho puede causar daños y muertes y se convierten en un peligro para la sociedad.
Por Ramón Osorio. Noticiero Popular por La Voz de Los Andes.